Al analizar la prueba superveniente el doctor Benavente explica que “la denominada prueba superveniente (artículo 390 primer párrafo CN), la cual, es aquella que se ha tenido conocimiento de su existencia después del ofrecimiento de medios probatorios durante la etapa intermedia. Frente a ello, el Tribunal, durante la audiencia del juicio oral, podrá admitirlas y desahogarlas sólo si se cumplen las siguientes condiciones: (a) Deben ser propuesta por una de las partes, la cual, deberá manifestar que tuvo conocimiento de la existencia de tales pruebas después de la etapa intermedia (nos imaginamos que debe ser bajo protesta de decir verdad). Contenido CAPITULO I HECHO DELICTIVO Y DESCUBRIMIENTO DE LOS HECHOS El Descubrimiento de los Hechos Derecho y Descubrimiento de la verdad Ética y Prueba de Refutación Superveniente CAPITULO 2 HECHO Y PRUEBA SUPERVENIENTE Conceptos Prueba Superveniente en la Cultura Mexicana Prueba Superveniente en la Jurisprudencia Prueba Superveniente en el Derecho Comparado CAPITULO 3 HECHO Y PRUEBA SUPERVENIENTE EN EL DERECHO PENAL Hecho y/o Prueba Nueva en la Legislación Descubrimiento Probatorio y Prueba Superveniente Hecho Nuevo y Dogmática Penal CAPITULO 4 PRUEBA NUEVA PARA HECHOS NUEVOS ¿Puede darse Prueba Nueva de Hechos Viejos? ¿Pueden darse Hechos Nuevos? ¿Puede Admitirse Prueba Nueva de Hechos Nuevos? CAPITULO 5 HECHO, PRUEBA NUEVA Y PRUEBA DE REFUTACION Descubrir: ¿Por qué Falta la Verdad' Prueba de Refutación CONCLUSIÓN
HECHOS Y PRUEBA SUPERVENIENTE EN EL PROCESO PENAL MEXICANO
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Autor: DR. JOSE DANIEL HIDALGO MURILLO
Editorial: Anaya
ISBN: 9684535562
RUSTICA CON SOLAPAS
14 x 21 x 1.6 cm
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