El 18 de junio de 2008 se public� en el Diario Oficial de la Federaci�n, el decreto por el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos. Tales cambios se consideran los m�s significativos de los �ltimos a�os y llevan como finalidad mejorar, entre otras, las condiciones de la deteriorada y desprestigiada justicia penal. Desde hace muchos a�os, existe un descontento social contra jueces y agentes del Ministerio P�blico, a quienes se les considera, en el mejor de los casos, ineficaces; sin embargo, hay voces que les tildan de pusil�nimes y deshonestos, lo cual origina una grave y creciente protesta colectiva. Por tanto, en esa medida, los gobernantes procuran dar soluci�n a la desconfianza que la ciudadan�a tiene por las instituciones jur�dicas del pa�s. Actualmente se ha vuelto cotidiano el cambio de preceptos legales, as� como su incremento. M�xico es una de las naciones en el orbe que m�s leyes tiene, empero, lamentablemente surge la contradicci�n ante la falta de confianza en ellas. Pr�logo Copyright � ${Date}. ${Publisher}. All rights reserved. La modificaci�n de algunas leyes y la aprobaci�n de otras no resuelve el problema; dif�cilmente se ha considerado la apremiante necesidad del cambio de hombres y no de disposiciones jur�dicas. Tengamos presente la afirmaci�n hist�rica en el sentido de que una mala ley en manos de un buen juez derivar� en una correcta aplicaci�n de la justicia; por el contrario, la mejor ley del mundo, aqu�lla elaborada en �ptimas condiciones y por los m�s doctos juristas, si se entrega a un p�simo togado se aplicar� de manera err�nea y originar� una severa injusticia. Nuestra aspiraci�n debe ser contar con buenas leyes y excelentes jueces; en este sentido, nuestra apreciaci�n es de bienvenida a los cambios legales; no obstante, resultar� indispensable, a la brevedad, contar con jueces rectos y agentes del Ministerio P�blico ecu�nimes, quienes lleguen a dichos cargos esencialmente por capacidad, evitando favoritismos, o lo que es peor, que los designen individuos abyectos, quienes con frecuencia anteponen los compromisos e intereses particulares a los de sus gobernados. Retomando el tema de las reformas de 2008, entre sus principales aristas se encuentra la de establecer juicios orales en diversidad de materias; sin embargo, en el rengl�n penal sus planteamientos han impactado con mayor intensidad y hoy son ley positiva, con base en las referidas reformas constitucionales de 2008, las cuales disponen que las entidades federativas y aun el gobierno central, tendr�n tiempo para adecuar las variaciones en materia penal. Varios Estados de la Rep�blica han reformado sus preceptos jur�dicos; por ende, resulta indispensable en el rubro educativo impartir c�tedras en las que se precise de forma clara en qu� consisten dichas modificaciones constitucionales que coadyuven a mejorar las condiciones atroces en que se encuentra la justicia penal mexicana. En esta obra, que ponemos a disposici�n de estudiantes y estudiosos del ramo punitivo, pretendemos ofrecer una herramienta �til para considerar como parte productiva el importante reto que implica conocer los juicios orales. El objetivo es mostrar en 12 unidades las caracter�sticas y fundamentos conceptuales m�s importantes de lo que implican las reformas constitucionales a las que hemos aludido. En la unidad 1 precisamos los conceptos de los sistemas procesales m�s significativos en materia penal, como el inquisitivo, el acusatorio y el mixto. En la unidad 2 describimos los cambios realizados en los art�culos constitucionales siguientes: 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123. En la unidad 3 es motivo de nuestro inter�s se�alar las caracter�sticas de los principios rectores de los juicios orales. En la unidad 4 analizamos xiv PR�LOGO Copyright � ${Date}. ${Publisher}. All rights reserved. y hacemos �nfasis en el tema de los sujetos procesales, en especial el juez de garant�as y el de juicio oral. Uno de los principales aspectos con que cuentan los juicios orales son las denominadas salidas alternas, como el archivo temporal y los acuerdos preparatorios del procedimiento abreviado, aspectos que tocamos en la unidad 5. En la unidad 6 puntualizamos en qu� consisten las medidas cautelares, en especial lo que constituye la prisi�n preventiva y la libertad provisional. En la unidad 7 estudiamos lo que se refiere el nuevo proceso penal acusatorio tanto en su etapa inicial como en la intermedia, as� como la inherente al juicio oral. En la unidad 8 definimos las pruebas del nuevo sistema acusatorio. En la unidad 9 consideramos el tema del desarrollo de la carpeta de investigaci�n, en particular la cadena de custodia. En la unidad 10 estudiamos el desarrollo de la etapa intermedia, su principio y fin, haciendo �nfasis en los acuerdos preparatorios y en el ofrecimiento y desahogo de pruebas. La unidad 11 contiene el estudio de algunos aspectos del juicio oral, entre otros la teor�a del caso, los interrogatorios, el alegato de clausura y el fallo del tribunal. Concluimos con la unidad 12 en la que analizamos los incidentes y recursos. Como se observa, los puntos a tratar en este libro son sumamente amplios, por lo que daremos particular importancia al sentido pedag�gico de ser claros y precisos en los conceptos, cuanto m�s si tomamos en cuenta que la terminolog�a utilizada tendr� en muchos sentidos una orientaci�n novedosa. Por ello, trataremos de evitar el abuso doctrinario, para privilegiar la sencillez y el acercamiento oportuno que deben tener los estudiantes con esta reciente orientaci�n jur�dica. Cabe aclarar que si bien hablamos de reciente orientaci�n jur�dica, muchos aspectos de los denominados juicios orales no deben considerarse novedosos, porque se han aplicado con antelaci�n en diversos aspectos procesales, en los que destacan los de orden laboral y agrario. Tampoco son desconocidos para el estudiante los sistemas anglosajones en materia de impartici�n de justicia penal, los cuales, aunque privilegian las resoluciones en la conciencia de un jurado no jur�dico, no implican que los juicios, al ser abiertos, evitan actos de corrupci�n, circunstancia que hoy es motivo del grave e imperante encono social en M�xico. Sin duda, debemos tener esperanza acerca del �xito que puedan tener los juicios orales, mas de ning�n modo alejarnos de nuestro criterio: Pr�logo xv Copyright � ${Date}. ${Publisher}. All rights reserved. es fundamental crear, modificar y mejorar la ley; empero, nada se avanzar� sin el imperioso cambio de hombres. Esto �ltimo implica que jueces, agentes del Ministerio P�blico y en general todos los responsables de combatir a la delincuencia, les corresponde otorgar garant�as a la sociedad para que �sta viva una vida digna, por lo tanto deber�n ser los mejores. Cotidianamente los encumbrados nombran a jueces y agentes del Ministerio P�blico que no son los adecuados; en ello estriba la gran falla del sistema judicial mexicano. Los impartidores de justicia, los agentes del Ministerio P�blico, e incluso, los jefes policiacos deben ser elegidos por la sociedad entre aquellos que demuestren talento y vocaci�n para realizar tan importante labor. Este planteamiento implica que no debe intervenir en la designaci�n de jueces o procuradores de justicia ning�n �rgano que no sea la soberan�a popular; invariablemente, los candidatos deben cumplir requisitos que sean garant�a de capacidad, profesionalismo, decencia y respetabilidad. Como en cada una de mis obras, espero que �sta sea �til para los estudiantes de derecho y pueda servir de consulta a mis colegas, profesionales del mundo acad�mico, y en general a aquella persona que se interesa en el derecho.
EDUARDO L�PEZ BETANCOURT
JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL
- Autor: Lopez Betancourt, Eduardo
- Editorial:Iure Editores
- A�o de edici�n:2011
- MateriaDerecho Penal
- ISBN:9786077792321
- P�ginas:209
- Encuadernaci�n:PASTA DURA
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